La Revisión Técnica tiene como finalidad inspeccionar el estado mecánico y la emisión de gases de los vehículos. Se realiza de forma periódica y es obligatoria para poder circular en todas las vías públicas terrestres a nivel nacional.
En caso de no poseer el certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente, es posible enfrentarse a una multa o sanción equivalente al 50% de la UIT.
¿Cuál es la multa por no tener revisión técnica?
No tener el certificado de revisión técnica puede no ser un problema, ni estar sujeto a multas si el vehículo tiene menos de 3 o 4 años de antigüedad. Caso contrario, en vehículos de mayor antigüedad desde su fecha de fabricación que no tengan la Revision Tecnica vigente, es posible enfrentarse a una sanción de acuerdo a la tabla de Infracciones en el Reglamento de Tránsito.
Sanción correspondiente por no tener la revisión técnica
La multa por conducir un vehículo que no cuenta con el certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente corresponde al 50% de la UIT o S/ 2,150.00. Además, de sumar 50 puntos en demérito del Récord del Conductor y como medida existe el internamiento del vehículo.
- Papeleta: M27
- Infracción: Conducir un vehículo que no cuente con el certificado de aprobación de inspección técnica vehicular.
- Calificación: Muy Grave
- Monto: 50% de la UIT o S/. 2150.00
- Sanción: Multa
- Puntos: 50
- Medida: Internamiento del vehículo
- Solidario: Propietario
Las multas calificadas como muy graves no cuentan con descuento alguno, y en el caso de la sanción por no tener la revisión técnica vigente, el Propietario es Solidario indicando que este será quien deberá hacer el pago de la multa M27 obligatoriamente si el conductor del vehículo no lo realiza.
¿Quienes no deben realizar la revisión técnica?
Cualquier vehículo que circule por cualquier vía del país está obligado a realizar la inspección técnica, salvo aquellos de categoría L1 y L2, los cuales son los siguientes:
- Vehículos a baja potencia
- Vehículos a pedales
- Bicimotos
- Tricimotos
- Ciclomotores
- Scooters de baja potencia
- Vehículos de matrícula extranjera
- Vehículos de Colección
¿La multa por no tener revisión técnica es la misma para todos?
Están obligados a realizar la revisión técnica tanto vehículos particulares, de servicio públicos, motos, camiones los mismos destinados al transporte de pasajeros y mercancías. Solo en el caso, de vehículos de categoría L5 la multa correspondiente es la papeleta M42.
- Papeleta: M42
- Calificación: Muy Grave
- Monto: 5% de la UIT o S/. 215.00
- Puntos: 50
- Medida: Internamiento del vehículo
- Solidario: Propietario
Tales vehículos son los clasificados como L5 de tres ruedas o mototaxis que realizan el transporte de personas o mercancías.
¿Cuál es la vigencia de la revisión técnica?
Enfrentarse a una sanción puede ser un gran inconveniente si no se tiene el certificado de Inspección Técnica vigente. Dado que la multa asciende al 50% de la UIT y es considerada una infracción Muy Grave, no está sujeto a descuento alguno y debe ser cancelada en su totalidad.
La vigencia de la revisión técnica será de importancia para realizar la inspección en el momento correcto. Para ello, el periodo de vigencia dependerá del tipo de vehículo.
- Vigencia de 1 año: Para vehículos particulares.
- Vigencia de 1 año: Para vehículos de 3 ruedas o categoría L5 que realicen transporte especial de personas y/o mercancías.
- Vigencia de 1 año: Para vehiculos Pick Up o de carrocerías cerradas N1, N2, N3, 02, 03, 0, que realicen transporte de mercancías.
- Vigencia de 6 meses: Para vehículos de transporte que realicen traslado de personas o materiales y residuos peligrosos.
- Vigencia de 4 meses: Para vehículos de más de 20 años de antigüedad y que se dediquen al transporte público terrestre o de personas.
Por último, es bueno recordar que el certificado de aprobación de inspección técnica cuenta con alcance nacional y es válido para conducir en cualquier vía.